Chat de MieL: Derecho colectivo del trabajo (2-6-2020).
Nunca me
gustó la división entre Derecho individual y colectivo.
Yo
postularía que sin derecho colectivo es imposible concebir al derecho
individual. Aquí no hay “huevo y gallina”. Las instituciones propias del
Derecho individual, especialmente todo lo que implica al orden público laboral
y los pisos de irrenunciabilidad son productos de la lucha concertada de los
colectivos laborales.
Voy a citar
un ejemplo para que me entiendan. Durante la dictadura cívico–militar
terrorista de 1976 se intentó suprimir al Derecho colectivo. ¿Con qué medidas?
a) Se
prohibió la actividad sindical. El mismo 24 de marzo de 1976 se dictó un bando
militar en ese sentido.
b) Se
prohibió la libertad de efectuar huelgas y otras medidas legítimas de acción
sindical, a tal punto de ser reprimida con despido, cárcel o
detención–desaparición.
c) Se intervinieron
la mayoría de las asociaciones sindicales, en algunos casos con interventores
militares. En otros se prorrogaron los mandatos existentes. Durante todo el
período no hubo elecciones en los gremios.
d) Se
prohibió la acción sindical en la empresa. Muchos delegados y miembros de
comisiones internas de fábrica fueron detenidos y desaparecidos. En grandes
empresas como la Ford, Mercedes, Somisa, Astarsa o el Ingenio Ledesma, las
patronales fueron las que colaboraron con la represión de los delegados y
activistas gremiales.
e) Se excluyó
al sindicato de la Ley de Contrato de Trabajo. Su participación en determinadas
instituciones ejerciendo la tutela de los trabajadores.
f) Se
prohibió la negociación colectiva, como parte de la pérdida del poder adquisitivo
del salario. Las convenciones colectivas de los trabajadores estatales fueron
abrogadas.
g) Se
derogó el Fuero Sindical, permitiéndose los despidos de delegados de personal y
miembros de comisiones directivas de los sindicatos, agravándose la indemnización.
Sin
embargo, algunos “doctrinarios” del Derecho laboral continuaron postulando que,
al no tocarse el “derecho individual”, el Derecho del trabajo en la Argentina
funcionó durante esos aciagos años.
No fue así,
y a lo largo del análisis de estos puntos del programa –Unidad 9–, veremos que
es imposible que funcione el Mundo del Trabajo sin una fuerte articulación de
las instituciones del llamado Derecho colectivo. Son ellas:
a) La
huelga y demás medidas legítimas de acción sindical.
b) La
asociación sindical.
c) La
negociación colectiva.
d) La
participación sindical en la gestión y utilidades de la empresa.
El
“derecho” sindical es la mera manifestación superestructural de la libertad
sindical. En este caso, no hay derecho sin libertad.
¿Qué es la
libertad sindical? Estoy anticipando conceptos, pero en este estado del
discurso paso a señalar que la libertad sindical es un espacio de las
libertades públicas que conquista un colectivo de personas que trabajan, con el
propósito de elevar sus niveles de protección laboral.
En todas
las instituciones sindicales hay dos elementos básicos que construyen la
libertad sindical y como consecuencia, le arrancan al Estado un derecho, el
derecho sindical.
Esos
elementos son el cuerpo y alma del sindicalismo, de la libertad y del derecho
sindical. Son:
Un
“corpus”, algo visible, un colectivo de personas que trabajan y se coaligan. Se
“sindican”.
Un
“animus”, algo invisible, el propósito de esa coalición: obtener, mantener o
mejorar un nivel de protección sindical.
Estamos
esbozando conceptos básicos que luego ampliaremos, pero es necesario tener en
cuenta que en la construcción del “derecho sindical o derecho colectivo de
trabajo” hay una tensión entre “libertad” y “derecho”. Tensión entre la
libertad de sindicarse y accionar en pos de la obtención de los niveles de
protección sindical, y el derecho que “los reconoce”.
Podemos
decir que en esa tensión, fundadora del Derecho del trabajo, cuando una
libertad se reconoce, se transforma en derecho. Por tal motivo, podemos afirmar
y demostrar que si se desactiva la libertad sindical, el derecho pierde fuerza
y termina anquilosándose o desapareciendo. Fue por eso que la dictadura
cívico-militar genocida quiso extirpar al sindicalismo, esa es la razón que el
neoliberalismo lo combate como su peor enemigo.
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