Omisión exhibición. “Libro de sueldos digital”. Presunción art. 55, LCT.


El principio de primacía de la realidad también hace colegir en el supuesto de que compelido a hacerlo, la empresa no exhiba el registro laboral: “La falta de exhibición o requerimiento judicial o administrativo del libro, registro, planilla u otros elementos de contralor previstos por los artículos 52 y 54 será tenida como presunción a favor de las afirmaciones del trabajador o de sus causa-habientes, sobre las circunstancias que debían constar en tales asientos” (art. 55, LCT).

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