Derechos y deberes de las partes. Principio general.


Diseñado bajo el paradigma del espejo, donde los sistemas protectorios del trabajo decente se articulan como reflejo de las relaciones de producción, a cada derecho del trabajador le corresponde un deber patronal y viceversa.

Nos introducimos al tema haciendo referencia a la clásica e insuperable clasificación de Justo López en orden a la estructura del contrato de trabajo compuesto por:

1) Derechos y deberes de las partes.

2) Poderes del empleador.

3) Cargas.

Y dentro de los primeros escindir claramente a los deberes de prestación de los de conducta, siendo los primeros a cargo del empleador dar trabajo y pagar la remuneración y a cargo del trabajador prestar el servicio.

Así, derechos del trabajador serán:

a) Derecho al mantenimiento de las condiciones de trabajo oportunamente pactadas.

b) Derecho a contestar sanciones disciplinarias.

c) Derecho a la reserva de las opiniones políticas, religiosas o sindicales y a la libertad de expresión.

d) Derecho a percibir la remuneración.

e) Derecho a que se preserve su integridad psicofísica.

f) Derecho a la indemnidad.

g) Derecho a la protección de la vida, alimentación y vivienda.

h) Derecho al puesto de trabajo.

i) Derecho a la certificación de su trabajo.

j) Derecho a la igualdad de trato.

k) Derecho a la propiedad de las invenciones del trabajador.

Son deberes del trabajador:

l) Deber genérico y de buena fe.

m) Deber de aceptar modificaciones funcionales del contrato de trabajo en condiciones de indemnidad.

n) Deber de someterse a los controles personales.

ñ) Deber de percibir la remuneración.

o) Deber de notificar su situación previsional.

p) Deber de diligencia y colaboración.

q) Deber de fidelidad.

r) Deber de acatar órdenes e instrucciones.

s) Responsabilidad por daños.

t) Deber de no concurrencia.

u) Deber de prestar auxilios o ayudas extraordinarias.

El empleador tiene, sinalagmáticamente, los siguientes derechos:

a) Derecho a exigir del trabajador un comportamiento de buena fe.

b) Facultad de organización.

c) Facultad de dirección.

d) Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo (ius variandi).

e) Facultad disciplinarias.

f) Controles personales.

g) Derecho a recibir la prestación del trabajo.

h) Derecho a retener los aportes del trabajador al sistema de la Seguridad social y sindicales.

i) Derecho a premiar diferencialmente al personal.

j) Derecho a exigir secreto al trabajador.

k) Derecho de indemnidad.

l) Derecho a exigir auxilios o ayudas extraordinarias del trabajador.

Finalmente, el empleador tiene los siguientes deberes:

m) Deber de obrar de buena fe.

n) Deber de preservar y mejorar derechos personales y patrimoniales del trabajador.

ñ) Deber de respetar la dignidad del trabajador, y a no interferir en su libertad de expresión.

o) Prohibición de obligar a revelar creencias personales del trabajador.

p) Deber de pagar la remuneración.

q) Deber de seguridad.

r) Deber de indemnidad material del trabajador.

s) Deber de protección alimentación y vivienda.

t) Deber de dar ocupación.

u) Deber de diligencia e iniciativa del empleador.

v) Deber de observar las obligaciones frente a los organismos sindicales y de la seguridad social.

w) Deber de certificar la relación de trabajo.

x) Deber de dispensar igualdad de trato.

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