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Mostrando entradas de noviembre, 2018

Discriminación positiva.

Para entender el concepto de “discriminación positiva” es menester referirse como norma básica la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979; entrada en vigor: 3 de septiembre de 1981, de conformidad con el artículo 27 (1). La misma forma parte del Bloque de Constitucionalidad Federal (art. 75, inc. 22, CN). A los efectos de la presente convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra...

Trabajo de Mujeres: necesidad de su regulación.

La normativa tuitiva del trabajo femenino acompaña la lucha incesante del Movimiento de Mujeres por el reconocimiento de sus derechos. Debemos recordar que mientras la mujer se incorporaba al Mundo del Trabajo, la legislación civil establecía anacrónicas incapacidades. La mujer casada, antes de la sanción de la ley 11.357, era considerada una verdadera incapaz de hecho, sometida a la voluntad de su marido quien poseía la exclusiva facultad de administrar y disponer de los bienes de la sociedad conyugal. Además de ese atraso conceptual que limitaba su voluntad negocial se presentaba un condicionamiento de la realidad: la menor capacidad física, ligada a un concepto de “sexo débil”. Ello implicaba, en algún caso, la necesidad de impedir el trabajo nocturno, regular y preservar a la mujer de la prestación de tareas riesgosas, etc. El constitucionalismo social, surgido con la Constitución Justicialista de 1949 y la enmienda de 1957, consagraron el principio de “igual remunera...